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TM Contabilidad

Contabilidad en fundaciones y entidades sin ánimo de lucro: lo que hay que saber

Por Teresa Monsalvo 3 min de lectura
Ponente presentando ante un patronato la situación contable de una fundación

Llevar la contabilidad de una fundación no es lo mismo que llevar la de una empresa mercantil, aunque muchas entidades siguen tratándola igual — y ahí empiezan los problemas. Las fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro tienen un marco contable propio, con obligaciones específicas que, si se ignoran, pueden poner en riesgo algo más que una sanción: la propia continuidad de la entidad.

Esta guía resume lo esencial: qué plan contable aplica, qué hay que presentar cada año y dónde suelen fallar más las fundaciones que gestionan esto sin criterio especializado.

¿Qué normativa contable aplica a una fundación?

En España, las fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública se rigen por el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos, adaptado del Plan General Contable pero con particularidades propias: cuentas específicas para donaciones, subvenciones, legados y fondos dotacionales que no existen en la contabilidad mercantil estándar.

Esto no es un matiz técnico menor. Aplicar el plan general "a secas", sin adaptarlo a la naturaleza no lucrativa de la entidad, es uno de los errores más habituales — y hace que las cuentas anuales no reflejen correctamente el patrimonio ni el origen de los fondos.

Las obligaciones contables que toda fundación debe cumplir

  • Libro Diario y Libro de Inventarios y Cuentas Anuales, igual que cualquier entidad, pero con la estructura del plan adaptado.
  • Cuentas anuales: Balance, Cuenta de Resultados y Memoria — esta última con un contenido específico para entidades no lucrativas, incluyendo información sobre el cumplimiento de fines fundacionales.
  • Plan de actuación anual, presentado al Protectorado correspondiente, detallando las actividades previstas y su previsión económica.
  • Presentación de cuentas ante el Protectorado, dentro de los plazos establecidos tras la aprobación por el patronato — un trámite adicional que no existe en la contabilidad mercantil ordinaria.
  • Auditoría de cuentas, obligatoria si la fundación supera determinados umbrales de patrimonio, ingresos o número de trabajadores.

Dónde se equivocan más las fundaciones con su contabilidad

  1. Confundir subvención con donación a efectos contables, cuando cada una tiene un tratamiento y una imputación temporal distintos.
  2. No separar contablemente los proyectos o programas, lo que impide saber si una actividad concreta es sostenible o está descompensando el conjunto de la fundación.
  3. Retrasar la presentación ante el Protectorado, un trámite que muchas entidades tratan como secundario y que puede derivar en requerimientos formales.
  4. No documentar adecuadamente el origen de fondos dotacionales, generando dudas sobre el patrimonio fundacional en la memoria económica.

🏛️ Tip rápido: separa contablemente cada proyecto o programa desde el primer asiento, no al final del año. Es la única forma de saber si una actividad concreta es sostenible por sí misma o depende de otras.

Fundaciones, aseguradoras y asociaciones: un mismo nivel de exigencia

Las fundaciones comparten con las aseguradoras y las asociaciones algo que va más allá del sector: todas operan bajo un marco normativo específico que exige un criterio especializado, no solo administrativo. Puedes ver el paralelismo con ambos sectores, incluido el detalle propio del régimen de asociaciones, en nuestra guía de contabilidad para aseguradoras y asociaciones.

Preguntas frecuentes

¿Toda fundación está obligada a auditar sus cuentas? No. La obligación de auditoría depende de superar ciertos umbrales de patrimonio, ingresos o plantilla, fijados por la normativa autonómica o estatal según el ámbito de la fundación.

¿Qué diferencia hay entre el Protectorado y el Registro de Fundaciones? El Registro inscribe y da publicidad a la fundación; el Protectorado supervisa el correcto cumplimiento de sus fines y recibe las cuentas anuales y el plan de actuación cada ejercicio.

¿Puede una fundación pequeña llevar su contabilidad con un programa genérico de facturación? Técnicamente sí, pero el riesgo está en la adaptación al plan contable específico y en la memoria económica, que requiere un criterio que un programa genérico no aporta por sí solo.


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